Uruguay habilitó a la pastera a aumentar la temperatura de los vertidos al río

El gobierno uruguayo modificó la normativa para que los efluentes de la pastera se puedan verter al río a mayor temperatura. La medida se dispuso a 48 horas de que el Comité Científico ingrese a la planta para medir la temperatura del agua.

El gobierno uruguayo modificó la normativa vigente para que los efluentes de la pastera UPM (ex Botnia), se puedan verter a las aguas del río a mayor temperatura. Esta medida se dispuso a 48 horas de que el Comité Científico ingrese a la planta justamente para medir la temperatura del agua. De esa forma, se elevó de 30º a 37º grados el vertido. La decisión está contenida en una resolución del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) de Uruguay. Por otro lado, la Cancillería argentina había elevado su queja porque la planta diluye sus efluentes industriales en el río, una práctica desaconsejada en todo el mundo. En ese contexto, las autoridades del vecino país reconocieron la situación y mediante la misma resolución, le otorgaron a Botnia un plazo de 45 días para que remueva “la bomba de inyección”.

Según publicó El Argentino, la resolución del organismo uruguayo es la N° 370/2011.

En este contexto, en 45 días se debería remover “la bomba de inyección de agua bruta en el ducto del emisario, inmediatamente antes de la salida de la planta industrial, y el cierre mediante válvula de la tubería que quedaría libre hacia dicha bomba”.

Pero según trascendió, en pocas horas, luego de que los técnicos se retiren, estarían en condiciones de volver a diluir los efluentes industriales con agua del río Uruguay.

La misma resolución sostiene “que la Dirección Nacional de Medio Ambiente informó que como consecuencia de esa modificación, es necesario revisar las condiciones de vertido de la temperatura de la descarga, como parámetro de calidad del efluente que se verá afectado por el cambio”. Y en consecuencia, fijó “en 37º C (Celsius) la temperatura máxima de vertido del efluente líquido industrial de dicha planta”. De esa forma, elevó de 30º a 37º el vertido.

Para ello, modificó el Artículo 11° del Decreto 253/1979 (norma de prevención de la contaminación ambiental mediante el control de las aguas), donde se establece que la temperatura máxima de vertido “no podrá ser superior a los 30º y no podrá elevar la temperatura del cuerpo receptor más de 2º C”.

Cuando Argentina denunció que la pastera diluía sus efluentes con aguas del río, Uruguay, lejos de sancionar a la empresa, sólo propuso a la empresa que no vierta más sus efluentes tal como lo venía haciendo, pero que ahora puede hacerlo siete grados más que lo permitido originalmente.

Es preciso señalar que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya recomendó a ambos Estados “actuar de buena fe”. Pero, lejos de aceptar esa recomendación, el Uruguay cambió la normativa de 1979, 48 horas antes de que los científicos y la CARU ingresen a la planta de Botnia e incluso sin que medie pedido alguno para esa modificación.

En Entre Ríos la normativa vigente autoriza a verter los efluentes al río a 45º. Este dato no es menor, porque habla del atraso que tiene la provincia en materia ambiental.

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